REGLAMENTOS Y ESTATUTOS

 

 

 

Estatutos y Reglamentos de la Sociedad Boliviana de Medicina Familiar en pdf

 

Extractamos los principales puntos del reglamento y estatutos de la Sociedad Boliviana de Medicina familiar, para acceder al documento inextenso haga clik en el link a la izquierda de su pantalla.

REQUISITOS PARA PERTENECER A LA SOCIEDAD PACEÑA DE MEDICINA FAMILIAR  

  1. Registro actualizado en el Colegio Médico Departamental.
  2. Diploma académico de Médico Cirujano
  3. Título en Provisión Nacional
  4. Certificado de Residencia médica en la ESPECIALIDAD DE MEDICINA FAMILIAR.
  5. Presentación y defensa de un trabajo de investigación y/o monografía (inédita) sobre un tema concerniente a la especialidad, que deberá ser aprobado por el comité científico de la sociedad.

OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS TITULARES DE LA SOCIEDAD PACEÑA DE MEDICINA FAMILIAR  

  1. Presentar certificado de especialista en Medicina Familiar.
  2. Concurrir con regularidad a las sesiones ordinarias de la Sociedad debiendo tener como mínimo una asistencia del 70% de la gestión correspondiente o será pasible a las sanciones que determine el Tribunal de Honor.
  3. Asistir regularmente a Congresos y cursos de nivel nacional que serán organizados por la Sociedad.
  4. Favorecer la actividad científica de la Sociedad.
  5. Cumplir con las obligaciones económicas establecidas por cada filial y con la sociedad Nacional.
  6. Integrar y cumplir con las comisiones que sean expresamente asignadas.
  7. Velar por el ejercicio correcto e idóneo de la especialidad

DERECHOS DE LOS MIEMBROS TITULARES

  1. Tener constancia actualizada de su titularidad, para ser respaldado por la sociedad, si el caso así lo requiere.
  2. Elegir y ser elegido en la directiva de la sociedad Paceña de Medicina Familiar.
  3. Participar de la elección de los delegados oficiales ante el congreso Nacional.
  4. Ser elegido en sesión ordinaria de la Sociedad, como representante oficial en eventos de carácter nacional e internacional.
  5. Recibir publicaciones científicas e informativas emitidas por la sociedad.
  6. Usar título en publicaciones, trabajos científicos y actividad privada (sello correspondiente con membrete).
  7. Examinar libros, estados financieros, actas y otros documentos en la sede del directorio y en presencia de uno de los miembros.
  8. Evitar usar el nombre de otra especialidad conforme al Reglamento de ética médica.
  9. Ser motivo de calificación para actos de homenaje o distinción, según reglamentación.